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Salvadoreños en España: visado, documentos en línea y primeros pasos

Entras sin visado para estancias cortas y puedes canjear tu licencia. No hay convenio de doble nacionalidad, pero conservas la salvadoreña. Y casi todos tus documentos se piden y apostillan en línea.

Comprobado el

El Salvador y España, en cinco datos

Visado para una estancia corta
No, hasta 90 días en 180 sin trabajar · tabla
Convenio de doble nacionalidad
No, pero conservas tu nacionalidad al hacerte español (art. 23.b del Código Civil) · tabla
Canje de la licencia de conducir
Sí, convenio desde 24/06/2009 · tabla
Convenio de Seguridad Social
Solo el Multilateral Iberoamericano · tabla
Documentos
Apostilla (convenio desde 31/05/1996) · tabla

Comprobado el 23/10/2026 en las fuentes oficiales de cada tabla.

Antes de viajar

Para una visita de hasta 90 días en 180 no necesitas visado. Para venir a vivir, los visados se presentan en la sección consular de la Embajada de España en San Salvador, sin empresa externa. Desde el 1 de junio de 2026 solo atiende con cita previa, que se pide por correo electrónico cuando ya tienes toda la documentación.

Para el visado de estudios, la Embajada pide extractos de los tres últimos meses firmados y sellados por el banco (no valen los impresos de internet). Si te mantiene un familiar, su compromiso ante notario y la partida que prueba el parentesco, los dos apostillados.

Tus documentos, en línea

  • Partida de nacimiento: la emite el RNPN, también en línea desde el exterior, con firma digitalizada y código QR. No tiene vigencia propia: depende de quien la reciba.
  • Antecedentes penales: la constancia del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública se pide en simple.sv con tu DUI y se descarga del portal.
  • Apostilla: la pone el Ministerio de Relaciones Exteriores, gratis. En simple.sv se apostilla el documento desde el propio portal; para los antecedentes penales, la apostilla se pide en la misma solicitud.

Si vas a quedarte

  • Licencia de conducir: hay convenio de canje desde 2009. Vale si la sacaste antes de residir en España, dentro de los seis meses siguientes.
  • Seguridad Social: no hay convenio bilateral; se aplica solo el Convenio Multilateral Iberoamericano.
  • Nacionalidad: dos años de residencia legal, sin DELE. No hay convenio de doble nacionalidad, pero el Código Civil no te obliga a renunciar a la salvadoreña (artículo 23.b).

Los trámites una vez en España están en extranjería, y las vías para venir, en elige tu vía.