law2bitGuía jurídica independiente

Tema

Peruanos en España: visado, documentos y primeros pasos

Entras sin visado para estancias cortas, tienes convenio de doble nacionalidad y puedes canjear tu licencia. En Lima, unos visados se presentan en BLS y otros en el consulado: conviene saber cuál es el tuyo.

Comprobado el

Perú y España, en cinco datos

Visado para una estancia corta
No, hasta 90 días en 180 sin trabajar · tabla
Convenio de doble nacionalidad
Sí · tabla
Canje de la licencia de conducir
Sí, convenio desde 28/01/2004 · tabla
Convenio de Seguridad Social
Bilateral y Multilateral Iberoamericano · tabla
Documentos
Apostilla (convenio desde 30/09/2010) · tabla

Comprobado el 23/10/2026 en las fuentes oficiales de cada tabla.

Antes de viajar: BLS o consulado

Para una visita de hasta 90 días en 180 no necesitas visado. Para venir a vivir, el consulado de Lima reparte los visados nacionales así:

Dónde se presenta Visados
BLS International Trabajo por cuenta ajena, reagrupación familiar, estudios, teletrabajo (nómada digital), investigación, prácticas, profesional altamente cualificado
Consulado General Residencia no lucrativa, trabajo por cuenta propia, emprendedor, inversor, recuperación de la residencia de larga duración

En los dos casos, quien decide es el consulado.

Tus documentos

  • Partida de nacimiento: RENIEC emite la copia certificada en línea si eres mayor de edad con DNI y el acta ya está digitalizada. Si no, se pide a la municipalidad donde se registró. Si te registraron en un consulado del Perú, se pide al Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Antecedentes penales: el Poder Judicial los emite en línea (CAPe) en PDF con firma digital. Valen 90 días naturales.
  • Apostilla: la pone el Ministerio de Relaciones Exteriores. En línea para documentos con firma digital y código de verificación; los de firma manuscrita, de forma presencial.

Si vas a quedarte

  • Licencia de conducir: se canjea si la sacaste antes de residir en España, dentro de los seis meses siguientes.
  • Seguridad Social: convenio bilateral y Multilateral Iberoamericano.
  • Nacionalidad: dos años de residencia legal, sin DELE, conservando la peruana. Hay convenio de doble nacionalidad de 1959 con protocolo de 2000.

Los trámites una vez en España están en extranjería.