Costa Rica y España, en cinco datos
Antes de viajar
Para una visita de hasta 90 días en 180 no necesitas visado. Para venir a vivir, los visados se presentan en la Embajada de España en San José, sin empresa externa. La cita se pide solo por correo electrónico, desde tu propia dirección, proponiendo tres fechas y con el tipo de visado en el asunto. Si vas a estudiar, pídela en cuanto tengas la carta de admisión.
Tus documentos
- Antecedentes penales: los emite el Registro Judicial del Poder Judicial. Son gratis y valen tres meses. La Embajada exige que se pidan para uso internacional y apostillados.
- Apostilla: el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto la emite en línea en su plataforma de apostilla electrónica, para documentos en PDF con firma digital, por un timbre de ¢500. Llega por correo y vale igual que la presencial.
- Certificado médico: la Embajada lo pide apostillado, con el sello previo del Colegio de Médicos.
- Nacimiento: lo emite el Registro Civil del Tribunal Supremo de Elecciones. No hemos podido consultar su web: comprueba allí si puedes pedirlo en línea.
Si vas a quedarte
- Licencia de conducir: hay convenio de canje desde 2020. Vale si la sacaste antes de residir en España, dentro de los seis meses siguientes.
- Seguridad Social: Costa Rica no tiene convenio con España. Lo cotizado allí no cuenta para una pensión española.
- Nacionalidad: dos años de residencia legal, sin DELE, conservando la costarricense. Hay convenio de doble nacionalidad de 1964 con protocolo de 1997.
Los trámites una vez en España están en extranjería, y las vías para venir, en elige tu vía.