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Costarricenses en España: visado, documentos y primeros pasos

Entras sin visado para estancias cortas, tienes convenio de doble nacionalidad y, desde 2020, canje de licencia. No hay convenio de Seguridad Social. Tus antecedentes penales son gratis, pero tienen que pedirse para uso internacional.

Comprobado el

Costa Rica y España, en cinco datos

Visado para una estancia corta
No, hasta 90 días en 180 sin trabajar · tabla
Convenio de doble nacionalidad
Sí · tabla
Canje de la licencia de conducir
Sí, convenio desde 10/08/2020 · tabla
Convenio de Seguridad Social
Ninguno · tabla
Documentos
Apostilla (convenio desde 14/12/2011) · tabla

Comprobado el 23/10/2026 en las fuentes oficiales de cada tabla.

Antes de viajar

Para una visita de hasta 90 días en 180 no necesitas visado. Para venir a vivir, los visados se presentan en la Embajada de España en San José, sin empresa externa. La cita se pide solo por correo electrónico, desde tu propia dirección, proponiendo tres fechas y con el tipo de visado en el asunto. Si vas a estudiar, pídela en cuanto tengas la carta de admisión.

Tus documentos

  • Antecedentes penales: los emite el Registro Judicial del Poder Judicial. Son gratis y valen tres meses. La Embajada exige que se pidan para uso internacional y apostillados.
  • Apostilla: el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto la emite en línea en su plataforma de apostilla electrónica, para documentos en PDF con firma digital, por un timbre de ¢500. Llega por correo y vale igual que la presencial.
  • Certificado médico: la Embajada lo pide apostillado, con el sello previo del Colegio de Médicos.
  • Nacimiento: lo emite el Registro Civil del Tribunal Supremo de Elecciones. No hemos podido consultar su web: comprueba allí si puedes pedirlo en línea.

Si vas a quedarte

  • Licencia de conducir: hay convenio de canje desde 2020. Vale si la sacaste antes de residir en España, dentro de los seis meses siguientes.
  • Seguridad Social: Costa Rica no tiene convenio con España. Lo cotizado allí no cuenta para una pensión española.
  • Nacionalidad: dos años de residencia legal, sin DELE, conservando la costarricense. Hay convenio de doble nacionalidad de 1964 con protocolo de 1997.

Los trámites una vez en España están en extranjería, y las vías para venir, en elige tu vía.